Fecha de inicio de la prestación por desempleoSi usted reúne todos los requisitos nececesarios para obtener una prestación contributiva por desempleo, en principio, la fecha de inicio de esta prestación debería ser al día siguiente al reconocimiento del derecho, siempre y cuando haya presentado su solicitud en los 15 días hábiles posteriores.

En caso de tener pendientes días de vacaciones reglamentarias a la fecha de la extinción de la relación laboral, su derecho a la prestación se hará efectivo el día siguiente del término de dichas vacaciones.

Por lo general, debería recibir en su domicilio el documento con la resolución del SEPE en la que se le comunica la aprobación de su prestación contributiva, además de la duración de la misma, la cuantía económica, fecha de inicio el número de cuenta donde se le abonará mensualmente (el día 10 de cada mes).


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